Desde este jueves 30 de abril, para poder transitar en tu movilidad particular tendrás que sacar un Pase Vehícular en Perú
Los ministerios del Interior y Defensa informan a la ciudadanía las siguientes disposiciones de cumplimiento obligatorio durante la ampliación del Estado de Emergencia
El Pase Personal Laboral seguirá rigiendo de acuerdo a las normas estipuladas mientras dure el Estado de Emergencia. Cabe indicar que este pase NO autoriza el uso de vehículos particulares.
Saca tu pase laboral aquí: PASE
Aquellas personas que ya cuenten con el Pase Personal Laboral y requieran trasladarse en vehículos, podrán gestionar un Pase Vehicular en el mismo enlace del Pase Personal Laboral, luego de la renovación respectiva, ingresando su número de placa, y se aplicará solo para los siguientes casos:
🚐 Vehículos pertenecientes a los servicios de Alimentación y distribución para la venta al público.
🚑 Vehículos pertenecientes al personal del sector Salud.
🚚 Vehículos pertenecientes a las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.
🚒 Vehículos pertenecientes a las empresas dedicadas a garantizar los servicios públicos y bienes y servicios esenciales que den continuidad a los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos.
🚗 Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y empresas de distribución de periódicos y revistas.
📠 Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center), solo para servicios vinculados a la emergencia COVID-19 y debidamente acreditados.
🚌 Vehículos que realizan el servicio de traslado de choferes de Transporte Urbano Masivo de pasajeros.
🚓 Vehículos que realizan el traslado del personal de Serenazgo y Fiscalización de los Gobiernos Locales.
Vehículos del servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Vehículos que transportan caudales hasta las 20:00 horas.
Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros.
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🚨 IMPORTANTE 🚨
Aquellas personas que transiten en vehículo, además de llevar el Pase Vehicular visible en el parabrisas delantero, deberán portar su Pase Personal Laboral, su fotocheck y su DNI.
Los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario y Bomberos en ejercicio de sus funciones podrán circular con vehículos particulares debidamente identificados.
😷🦠 Las personas que requieren asistir a establecimientos de Salud para atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo, podrán circular con su vehículo particular.
Durante la inmovilización social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos deberán transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas, a una velocidad no mayor de 30 km/h.
Para la adquisición de productos alimenticios, compra de medicamentos o realizar transacciones financieras, solo podrá hacerlo una persona por familia y NO está permitido el empleo de vehículos particulares.
TOMADO DE ANDINA.PE